PÓLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA NÚMERO DE PÓLIZA: 100706488520
COBERTURA DE GASTOS DE ANULACION. En virtud del presente contrato, la Compañía indemnizará al Asegurado por los gastos que se produzcan a su cargo como consecuencia de la anulación, cancelación, o interrupción del viaje. La garantía relativa a los gastos por anulación del viaje tiene vigencia desde que la Compañía reciba la comunicación de inclusión del Asegurado por parte del Tomador del seguro, y finalizará en el momento del inicio del viaje (embarque en el medio de transporte colectivo utilizado en el viaje). La garantía únicamente tendrá validez si se contrata en el mismo momento que el viaje objeto del seguro, o como máximo en los tres días siguientes. La Compañía se hará cargo del reembolso hasta un límite de ……€ de los gastos de anulación del viaje que se produzcan a cargo del Asegurado y le sean facturados por aplicación de las condiciones generales de venta de su proveedor, siempre que anule el viaje antes del inicio del mismo y por una de las causas siguientes: a) Enfermedad grave, accidente corporal grave, o fallecimiento: Del Asegurado, o sus cónyuges, hijos, padres, abuelos, hermanos, suegros, yernos, nueras y cuñados. De la persona encargada durante el viaje de la custodia, en la residencia habitual, de los hijos menores de edad o disminuidos. b) Convocatorias, como parte, testigo o jurado de un Tribunal, salvo que conociese de la misma previamente a la contratación del viaje. Se presentará copia original de la convocatoria judicial o administrativa. c) Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o por la fuerza de la Naturaleza, en su residencia habitual o en sus locales profesionales propios o alquilados que los hiciera inhabitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños que justifiquen de forma imprescindible su presencia. d) Despido profesional del Asegurado, no disciplinario. En cualquier caso, este contrato deberá haber sido suscrito antes de la comunicación por parte de la empresa al trabajador. e) Anulación de la persona que ha de acompañar al Asegurado en el viaje, inscrita al mismo tiempo que el Asegurado, y asegurada por éste mismo contrato, siempre que la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas anteriormente. El máximo de personas cubiertas por esta causa es de cinco. Será obligación del Asegurado notificar, a su proveedor de viajes y a la Compañía, la anulación del viaje en cuanto tenga conocimiento del evento que la provoque, quedando la Compañía relevada de indemnizar los gastos o penalizaciones que se devenguen a partir del momento de dicho conocimiento si se incumple esta obligación. Para reclamar la indemnización por esta garantía, el Asegurado deberá presentar los siguientes documentos: Artículo 1. EXCLUSIONES ESPECIFICAS DE ESTA COBERTURANo se garantizan las anulaciones, cancelaciones, o interrupciones que tengan su origen en: RESUMEN DE GARANTÍAS:
Son de aplicación las condiciones generales Mod. AS004 Mayo 04 TELÉFONOS DE ASISTENCIA 24 H:
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